¿Conoces los principios de los juicios orales?
Los principios sobre los que se establecen los juicios orales en México incluye:
· Oralidad
· Publicidad
· Inmediación
· Contradicción
· Continuidad y concentración
Oralidad
La oralidad es el principio más característico del proceso de los juicios orales. Se refiere a que tanto los alegatos, declaraciones, argumentos y en general cada una de las intervenciones que se realicen en su seno deben hacerse de palabra (salvo, por supuesto, la imposibilidad de los participantes de expresarse oralmente).
Este principio fue adoptado porque el hablar es un mecanismo idóneo de comunicación y trasmisión de mensajes, que promueve la igualdad de condiciones. Por otra parte, la ventaja más destacable de la oralidad es su rapidez e inmediatez.
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Hacer del carácter público los juicios orales permite que cualquier ciudadano pueda participar como público en un juicio oral dificulta que los funcionarios falten a la ley.
Como abogado o estudiante de Derecho debes estar al tanto de en qué ocasiones y bajo qué protocolos puede restringirse el carácter público de los juicios orales.
Inmediación
La inmediación implica que la audiencia cuente con la presencia no interrumpida de todas y cada una de las partes que integran el proceso: imputado, defensores, parte acusadora, jueces.
El principio de inmediación también se refiere a que quienes forman el tribunal conozcan directamente las pruebas que se desahoguen para formar su propia convicción.
Contradicción
La confrontación de las partes es la base sobre la cual se fundamenta del Sistema Acusatorio Adversarial, pues hace posible valorar las pruebas tanto desde el punto de vista de quien la presenta como de la parte contraria.
Continuidad y concentración
Que los juicios orales se desarrollen de una sola vez (o en audiencias consecutivas) es un principio que permite que la temporalidad entre el desahogo de las pruebas, los alegatos, la deliberación de los jueces y la emisión de sentencia tengan un carácter «fresco».
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